Se refiere al documento técnico de diseño, planeación y seguimiento que describe, las acciones y procedimientos de protección, conservación y restauración de los ecosistemas forestales. El ETJ debe manifestar que las diversas disposiciones que contempla la normatividad federal aplicable en relación a los procesos de cambio de uso del suelo en terrenos forestales han sido revisadas cuidadosamente y constituyen el eje directo mediante el cual se prepararon los diferentes apartados de este Estudio; en particular, atendiendo a lo dispuesto por el Artículo 121 del Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.
La SEMARNAT transcribe los lineamientos generales con relación a los cambios de uso del suelo de terrenos forestales y los define de la siguiente forma:
Terreno forestal: el que está cubierto por vegetación forestal.
Terreno preferentemente forestal: aquel que habiendo estado,en la actualidad no se encuentra cubierto por vegetación forestal, pero por sus condiciones de clima, suelo y topografía resulte más apto para el uso forestal que para otros usos alternativos, excluyendo aquéllos ya urbanizados.
Vegetación forestal: El conjunto de plantas y hongos que crecen y se desarrollan en forma natural, formando bosques, selvas, zonas áridas, y otros ecosistemas, dando lugar al desarrollo y convivencia equilibrada de otros recursos y procesos naturales.
El ETJ debe cumplir con los requerimientos que establece la ley algunos de ellos son los siguientes:
Demostrar que el proyecto no compromete la biodiversidad.
No provocará la erosión de los suelos.
Evitar el deterioro en la calidad del agua o la disminución de su captación.
Las alternativas del cambio de uso de suelo propuesto a largo plazo sea más productivo que el anterior.
No se podrá otorgar autorización de cambio de uso de suelo en un terreno incendiado sin que hayan pasado 20 años.
Las autorizaciones que se emitan deberán atender lo que, en su caso, dispongan los programas de ordenamiento ecológico correspondiente, las normas oficiales mexicanas y demás disposiciones legales mexicanas y demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables.